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Concurso de acreedores

BUSQUIER PEAUX INDUSTRIES SL

CIF B53498705Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
519/01/201712/07/2023
Procedimiento
23/2016
Juzgado
Mercantil - 2 · DE LO MERCANTIL DE ALICANTE · DE LO MERCANTIL DE ALICANTE Nº 2

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso12/07/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 23/2016Juez : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAAuto 10/07/2023

    CONCLUSIÓN DEL CONCURSO

  2. Otro acto concursal22/12/2022
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 23/2016Juez : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAAuto 16/12/2022

    RENDICIÓN DE CUENTAS

  3. Otro acto concursal26/01/2022
    ⚖️ DE LO MERCANTIL DE ALICANTE Proc. 23/2016Auto 28/07/2021

    Nombramiento de Administrador concursal

  4. Otro acto concursal26/01/2022
    ⚖️ DE LO MERCANTIL DE ALICANTE Nº 2 Proc. 23/2016Auto 21/07/2021

    Cese de Administrador concursal

  5. Otro acto concursal19/01/2017
    ⚖️ ALICANTEAuto 28/10/2016

    Dña. María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, hago saber que en este Juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado - 000023/2016 -d en los que se ha dictado, con este fecha, auto declarando en estado de concurso necesario a Busquier Peaux Industries, S.L., con domicilio en calle Poeta Zorrilla, CIF número B53498705, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: se decreta la suspensión de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el pazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el BOE. Identidad de la admon. concursal: Ruiz Auditores y Asesores, S.L., en la persona de D. Juan Carlos Carmelo Ruiz Bartolome, con teléfono nº 949.221.067; fax nº 949.221.146, calle Colón, nº 26, 4º izquierdo de Alicante, y dirección de correo electrónico: [email protected] Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y^Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 28 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.