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Concurso de acreedores

BUSINESS ASSER SL

CIF B50834183Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
308/10/201513/11/2017
Procedimiento
461/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso13/11/2017
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 461/2015Auto 02/10/2017

    Edicto Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, Anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal número 461/2015-B se ha dictado el día 2 de octubre de 2017 Auto de conclusión por insuficiencia de la masa activa del concurso del deudor Business Asser, S.L., CIF B50834183. Segundo.-En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.-En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 2 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Conclusión del concurso27/10/2017
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 461/2015Auto 02/10/2017

    Edicto Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, Anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal número 461/2015-B se ha dictado el día 2 de octubre de 2017 Auto de conclusión por insuficiencia de la masa activa del concurso del deudor Business Asser, S.L., CIF B50834183. Segundo.-En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.-En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 2 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  3. Declaración de concurso08/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaProc. 461/2015Auto 24/09/2015

    Edicto Dª. Elena Buil Torralba, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 461/2015-B y NIG 50297 47 1 2015 0000958, se ha dictado en fecha 18-9-2015 Auto de Declaración de concurso voluntario del deudor Business Asser, S.L., con CIF B50834183, cuyo domicilio lo tiene en calle Mary Anderson, nave 8, de Villanueva de Gállego (Zaragoza). 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Casanova & Aguilar Abogados y Economistas, SLP, con domicilio postal en calle San Miguel nº 42,1º C, de Zaragoza, teléfono 976.29.98.89 y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos: [email protected] 3º.- Se ha solicitado la liquidación de la sociedad Business Asser, S.L. declarándose disuelta, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4º.- Se ha acordado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 5º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 6º.- No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. Zaragoza, 24 de septiembre de 2015.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.