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Concurso de acreedores

BUS ELECTRIC S.L

CIF B17319724Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
613/10/201027/05/2026
Procedimiento
174/2010
Juzgado
JUZGADO MERCANTIL 1 GIRONA 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso27/05/2026
    ⚖️ JUZGADO MERCANTIL 1 GIRONA 1Proc. 174/2010Juez : MARIA MILAGROS VILAN SANTOSAuto 04/10/2011

    Se declara en concurso a los deudores CRISTINA GONZÁLEZ CEDRES y D. ALFREDO ROBLES ORTEGA quienes conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido su ejercicio a la intervención del Adm. concursal.

  2. Otro acto concursal27/05/2026
    ⚖️ JUZGADO MERCANTIL 1 GIRONA 1Proc. 174/2010Juez : JOSÉ LUIS FORTEA GORBEAuto 04/10/2011

    APRUEBA PLAN LIQUIDACIÓN

  3. Conclusión del concurso27/05/2026
    ⚖️ JUZGADO MERCANTIL 1 GIRONA 1Proc. 174/2010Juez : José Luis Fortea GorbeAuto 04/10/2011

    Declaración concurso

  4. Otro acto concursal15/11/2022
    ⚖️ JUZGADO MERCANTIL 1 GIRONA 1Proc. 174/2010Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 04/10/2011

    Se declara la conclusión del concurso voluntario abreviado

  5. Declaración de concurso07/11/2011
    ⚖️ GIRONAProc. 174/2010Auto 04/10/2011

    Don Jose Antonio Marquínez Beitia, Secretario judicial del juzgado Mercantil número uno de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario ordinario número 174/2010 respecto de la entidad mercantil concursal respecto de la entidad mercantil concursada Bus electric sociedad limitada. Con número de cif B17319724 se ha acordado mediante auto de esta fecha declarar finalizada la fase común y la apertura de la liquidación a instancia de parte de conformidad con lo prevenido en el artículo 144 de la Ley concursal el cual, su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal respecto de la entidad mercantil Bus Electric sociedad limitada, provista de cif B17319724 y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio son todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley. Anúnciese por edictos la apertura del juicio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y se publicarán en el Boletín oficial del Estado. Inscríbase, asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación de la entidad mercantil Bus Electric sociedad limitada provista de cif B17319724, inscrita al tomo 172, folio 161, hoja número Gi -3120. Entréguese en debida forma al Procurador Carlos Javier Sobrino Cortés, el oficio y mandamiento por duplicado, para la práctica inmediata de la anotación acordada. En el plazo de Quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de diez días, de conformidad con el artículo 168 de la Ley concursal, en relación al artículo 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito considere relevante para la calificación del concurso. Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de Cinco hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley concursal y 451, 452 de la Ley enjuiciamiento civil Así lo manda y firma el Magistrado Juez del juzgado Mercantil uno de Girona de lo que doy fe. El Magistrado Juez El Secretario Judicial Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley concursal, expido el presente en Girona, 4 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.

  6. Declaración de concurso13/10/2010
    ⚖️ GIRONAAuto 20/09/2010

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntariio abreviado número 483/10, se ha acordado mediante auto de esta fecha de admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Bus Electric, Sociedad limitada, con domicilio en Arbucies (Girona), passeig Palacagüina, sin número, y con CIF número B-17319724, siendo designados como administrador concursal al titulado mercantil Don Rodrigo Cabedo Gregori, Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título. El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 marzo en relación con la disposición transitoria segunda la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley concursal, expido el presente en Girona, 20 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.