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Concurso de acreedores
BUFFER LOGISTIC SL EN LIQUIDACION
CIF B82482852Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 17/01/2011 → 03/09/2025
- Procedimiento
- 955/2010 · 12/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID · Mercantil - 9
Cronología del expediente
- Otro acto concursal03/09/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 955/2010Juez : MOISÉS GUILLAMON RUIZAuto 27/01/2025
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal03/09/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 955/2010Juez : MOISÉS GUILLAMON RUIZAuto 27/01/2025
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso03/09/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 955/2010Juez : MOISÉS GUILLAMON RUIZAuto 27/01/2025
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso30/01/2025⚖️ Mercantil - 9Proc. 955/2010Juez : MOISES GUILLAMÓN RUIZAuto 27/01/2025
VER EDICTO
- Otro acto concursal17/01/2011⚖️ MADRIDProc. 12/2010Auto 29/12/2010
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que conforme a lo acordado por Auto de fecha 27/12/2010 en autos n.º 955/2010 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Buffer Logistic, S.L., con domicilio en la C/ en Avenida de la Cañada 56-58, Coslada (Madrid), con CIF B-82482852. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- La Adminsitración Concursal designada está integrada por: Doña Beatriz Martí, con despacho profesional en Profesor Waksman, 5, 2.º A, 28036 Madrid, Teléfono: 902050540. El plazo para esta comunicación es de quince días a contar desde la presente publicación. Madrid, 29 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.