Concurso de acreedores
BUCCARI SL
CIF B79449971Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/08/2009 → 30/10/2009
- Procedimiento
- 05/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil Nº 9 de Madrid
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación30/10/2009⚖️ MADRIDProc. 05/2009Auto 23/10/2009
EL Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, anuncia: 1.- Se declara finalizada la fase común del procedimiento concursal Voluntario con número de autos 05/2009 del deudor Bucari, S.L., con domicilio en C/ Gran Vía número 17, 1.º Drcha. Majadahonda 28220 Madrid y CIF N.º B-79449971. 2.- Se abre la Fase de Liquidación. 3.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.- Se declara disuelta la mercantil Buccari, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal. 5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Madrid, 23 de octubre de 2009.- La Secretaria Judicial.
- Convenio de acreedores05/08/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil Nº 9 de MadridAuto 16/11/2009
El Juzgado de lo Mercantil Nº 9 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal voluntario con número de autos 05 /2009 referente al concursado Buccari, S.L., con domicilio en C/ Gran Vía nº 17, 1º Drcha., Majadahonda 28220 (Madrid) y Nº de CIF B-79449971, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 16 de Noviembre de 2009 a las 10:30 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado. 2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de Convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC. 3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L C. Madrid, 29 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.