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Concurso de acreedores

BROYMANT SL

CIF B36985166Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 06/10/2014 → 28/12/2015
Procedimiento
325/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso28/12/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraProc. 325/2014Auto 11/12/2015

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber: Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 325/2014, referente al deudor BROYMANT, S.L.U., con CIF número B-36.985.166, por auto de fecha 11 de diciembre de 2015 se ha acordado lo siguiente: 1.- Decretar la conclusión del concurso por carencia de bienes del deudor. 2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3.- Se acuerda la extinción de la entidad mercantil BROYMANT, S.L.U., y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes. Vigo, 11 de diciembre de 2015.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal27/11/2014
    ⚖️ PONTEVEDRAAuto 10/11/2014

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, anuncia: 1-Que en la Sección I Declaración Concurso 0000325/2014, referente al deudor Broymant, S.L.U, con C.I.F. número B36985166, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Vigo, 10 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso06/10/2014
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 325/2014Auto 18/09/2014

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con Sede en Vigo, Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 325/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 18 de septiembre de 2014 auto acordando lo siguiente: 1.º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Broymant S.L.U, con C.I.F. número B36985166 con domicilio en Vigo, Avenida de Castrelos, número 417, C.P. 36231, e inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Libro 3287, Tomo 3287, folio 180, inscripción 1ª, hoja PO-42079. 2.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora. 3.º Se ha declarado disuelta la entidad Broymant, S.L.U, con C.I.F. número B36985166, acordando la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal. 4.º El administrador concursal designado es la Abogada doña Raquel Cordero Seijo, con DNI número 36157099H, y con domicilio profesional a efecto de notificaciones en Vigo, calle Oporto, número 2, planta 4ª, C.P 36201, y con correo electrónico: [email protected] 5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copas del título o de los documentos relativos al crédito. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 18 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.