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Concurso de acreedores
BRICOLAJE ANTEQUERA SL
CIF B29881273Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/11/2009 → 05/04/2012
- Procedimiento
- 984/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/04/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaProc. 984/2009Auto 20/02/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 984/2009 (Nig 2906742M20090001358) por auto de fecha 20/02/2012 se ha abierto liquidación al deudor Bricolaje Antequera, S.L., con CIF nº B-29881273, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. Málaga, 20 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal03/11/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de MálagaProc. 984/2009Auto 18/09/2009
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que el procedimiento número 984/2009,por auto de 18 de septiembre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bricolaje Antequera S.L. con CIF B-29881273, domicilio en c/ San Cristóbal nº 14 polígono industrial Antequera (Málaga) 29200 y cuyo centro de principales intereses lo tiene e Málaga 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es de quince días a contar de la publicación que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado(artículo 184.3 LC). Málaga, 8 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.