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Concurso de acreedores

BOUREL SA

CIF A30220644Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 05/02/2014 → 05/06/2026
Procedimiento
18/2014
Juzgado
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 18 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso05/06/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 18Proc. 18/2014Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 29/05/2026

    Auto de conclusión de concurso

  2. Otro acto concursal05/02/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 18/2014Auto 23/01/2014

    Edicto D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 18/2014, referente al concursado Bourel, S.A., se ha dictado auto por el Magistrado D. Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 17 de enero del 2014, en el Concurso Voluntario Abreviado con NIG 0000226/2014, CIF A-30220644. 2º.- El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la lc 4º.- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal D. LUIS FRANCISCO BERMEJO REALES, mayor de edad, con DNI: 33500855-k, con domicilio profesional sito en la calle Alfonso XII, 38, en Madrid 28014, y teléfono 914294333, n.º de fax 914299100, así como correo electrónico [email protected], no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el boletín oficial del estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5º.- que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 lc). Madrid, 23 de enero de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.