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Concurso de acreedores
BOSSINI EUROPA SL
CIF B29698065Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 09/12/2010 → 22/07/2021
- Procedimiento
- 911/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 911/2010Juez : ANA BERMEJO PEREZAuto 18/11/2016
CONCLUSION CONCURSO
- Conclusión del concurso22/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 911/2010Juez : ANA BERMEJO PEREZAuto 18/11/2016
CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal22/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 911/2010Juez : EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIONAuto 18/11/2016
APERTUA FASE LIQUIDACION
- Otro acto concursal09/12/2010⚖️ MÁLAGAProc. 911/2010Auto 17/11/2010
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 911/2010, por auto de se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bossini Europa, Sociedad Limitada, con N.I.F. B-29698065, domicilio en PJ. Graham Bell, número 10, 29590 Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el Artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Málaga, 17 de noviembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.