InicioJusticiaBOMBAZO, S.L

Concurso de acreedores

BOMBAZO, S.L

CIF B65628968Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
621/05/201920/01/2021
Procedimiento
700/2019
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona hago saber · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona · MERCANTIL - 8
Administración concursal
Se ha designado como administrador concursal: VENTO ABOGADOS Y ASESORES, S.L.P.

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso20/01/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona hago saberProc. 700/2019Auto 13/01/2021

    Publicación sin texto en el registro — consulte el PDF o la fuente oficial.

  2. Otro acto concursal14/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de BarcelonaProc. 700/2019Auto 19/10/2020

    Publicación sin texto en el registro — consulte el PDF o la fuente oficial.

  3. Conclusión del concurso09/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 8Proc. 700/2019Juez : Roberto Niño EstébanezAuto 19/10/2020

    Declaro concluso el procedimiento concursal de EL BOMBAZO,S.L. y el archivo de las actuaciones. Acuerdo el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada y su extinción.

  4. Otro acto concursal16/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 8Proc. 700/2019Juez : Roberto Niño EstébanezAuto 02/07/2020

    Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal para la realización de los bienes y derechos de la masa activa del deudor y se forma la sección sexta de calificación

  5. Otro acto concursal16/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 8Proc. 700/2019Juez : Roberto Niño EstébanezAuto 10/02/2020

    Se acuerda la apertura de la fase de liquidación, la formación de la sección quinta y la disolución de la sociedad concursada cuya liquidación será ejecutada por la administración concursal

  6. Declaración de concurso21/05/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de BarcelonaProc. 700/2019Auto 09/05/2019

    Publicación sin texto en el registro — consulte el PDF o la fuente oficial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.