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Concurso de acreedores

BOMBAS UNIKA SL

CIF B14217699Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
1028/08/202005/03/2026
Procedimiento
160/2019
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Córdoba

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/03/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÓRDOBAProc. 160/2019Juez : ROMÁN GARCÍA VARELA-IGLESIASAuto 22/04/2019

    Inicio de negociaciones con los acreedores a fin de alcanzar acuerdo de reestructuración

  2. Apertura de liquidación05/03/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÓRDOBAProc. 160/2019Auto 22/04/2019

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  3. Declaración de concurso18/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA Proc. 160/2019Juez : SONIA MONTES RUIZAuto 22/04/2019

    DEBO ACORDAR Y ACUERDO la exoneración de deudas solicitada por D. PEDRO RAMON MAYOL ROS,DEBO DECLARAR la conclusión del concurso, DEBO APROBAR la rendición de cuentas realizada por la Administración Concursal.

  4. Declaración de concurso05/09/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 160/2019Juez : ELENA COLORADO GÁMEZAuto 01/07/2025

    renuncia de la Administración Consursal "MONTOTO, MILLÁN, GARCÍA Y CRUZ, EXPERTOS CONCURSALES, S.L.P", nombrándose en su lugar a "CONSILIUM TRES ADMINISTRADORES CONCURSALES, EXPERTOS JURÍDICOS, TRIBUTARIOS Y CONTABLES 2012, S.L.P" (CIF: B14957914)

  5. Otro acto concursal31/07/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 160/2019Juez : ELENA COLORADO GÁMEZAuto 01/07/2025

    renuncia de la Administración Consursal, "MONTOTO, MILLÁN, GARCÍA Y CRUZ, EXPERTOS CONCURSALES, S.L.P", nombrándose en su lugar a "CONSILIUM TRES ADMINISTRADORES CONCURSALES, EXPERTOS JURÍDICOS, TRIBUTARIOS Y CONTABLES 2012, S.L.P"

  6. Otro acto concursal28/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA Proc. 160/2019Juez : AMPARO SALOM LUCASAuto 01/07/2025

    Auto de declaración de concurso de acreedores nº 453/22, de PROGREEN FRANCHISE SL, con declaración al propio tiempo de conclusión por insuficiencia de masa activa.

  7. Otro acto concursal28/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA Proc. 160/2019Juez : GUSTAVO ANDRES MARTIN MARTINAuto 22/04/2019

    DECLARACION DE CONCLUSION

  8. Otro acto concursal24/10/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de CórdobaProc. 160/2019Auto 08/10/2020

    El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Córdoba, annuncia: Que en la sección quinta del procedimiento concursal número 160/2019 referente al concursado BOMBAS UNIKA, S.L., con CIF B-14217699, por auto de fecha 7/10/20 se ha aprobado el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, y en cuya parte dispositiva se acuerda lo siguiente: "Se aprueba el plan de liquidación expuesto en los fundamentos. Los efectos del art. 411 y ss del TRLC se entienden producidos desde el auto de apertura de la presente pieza de liquidación. Adviértase a la AC de la obligación de información de las operaciones de liquidación conforme al art. 424 del TRLC. Procédase a la apertura de la pieza sexta de calificación y a su correspondiente tramitación. Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable. Contra el presente auto se puede interponer recurso de apelación." Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado Titular del Juzgado Mercantil de Córdoba. Córdoba, 8 de octubre de 2020.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.

  9. Otro acto concursal20/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 160/2019Juez : ANTONIO FUENTES BUJALANCEAuto 07/10/2020

    Aprobación plan de liquidación y apertura sección 6

  10. Otro acto concursal28/08/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 160/2019Juez : ANTONIO FUENTES BUJALANCEAuto 17/07/2020

    Presentación informe definitivo AC

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.