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Concurso de acreedores
Que en el procedimiento concursal número 633/2010 referente al concursado "Bodyactive Sport, S.L."
CIF B85272391Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 06/12/2010 → 18/12/2012
- Procedimiento
- 633/2010
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/12/2012⚖️ MADRIDProc. 633/2010Auto 29/11/2012
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 633/2010 referente al concursado "Bodyactive Sport, S.L.", con CIF B-85272391, por auto de fecha 29 de noviembre 2012 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Aprobar el plan de liquidación propuesto por la administración concursal. Segundo.- Formación de la Sección 6.ª, poniendo en conocimiento de los interesados que dentro de los diez días siguientes a la última publicación podrán personarse en la sección sexta. Madrid, 29 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal29/06/2011⚖️ MADRIDAuto 02/06/2011
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, Anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal voluntario número 633/10 referente a la mercantil Bodyactive Sport, S.L. (con CIF B-85272391), se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado. Segundo.- Dentro del plazo de Diez Días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (con carácter gratuito) y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la providencia de fecha 2 de junio de 2011 (art. 96.1 Ley Concursal). Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal. Tercero.- Las impugnaciones se realizarán por medio de letrado y Procurador de los tribunales. Del escrito de demanda y documentos acompañados deberán presentarse 6 copias para el emplazamiento de los personados (Art. 94.3 Ley Concursal). Madrid, 2 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal06/12/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil 6 de MadridAuto 22/11/2010
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 633/10, por auto de 22 de noviembre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "Bodyactive Sport, S.L." (CIF: B-85272391), con domicilio en Avenida de las Américas nº 7, polígono industrial Tumesa, naves C-4 y C-5 de Coslada 28820 Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidos éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de los de mayor difusión en Madrid, pero de edición nacional. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Sexto.- La publicación será con carácter gratuito. Madrid, 22 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.