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Concurso de acreedores

BODEGAS BRETON CRIADORES SL

CIF B26289223Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
321/02/201316/04/2016
Procedimiento
943/2012

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso16/04/2016
    ⚖️ LOGROÑOProc. 943/2012Auto 08/04/2016

    Edicto Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 943/2012, N.I.G.: 26089 42 1 2012 0007338, por auto de fecha 8 de abril de 2016 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Bodegas Bretón Criadores, S.L., con CIF B26289223, y domicilio social en Carretera de Fuenmayor Km. 1,5, de Navarrete (La Rioja). Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de los concursados con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros. 2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada. 3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo. 4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Bodegas Bretón Criadores, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil. 5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el "Boletín Oficial del Estado", y en el Registro Público Concursal. Logroño, 8 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación19/12/2013
    ⚖️ LOGROÑOProc. 943/2012Auto 27/11/2013

    Edicto Dña. María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 943/2012, N.I.G.: 26089 42 1 2012 0007338 referente a la entidad Bodegas Bretón Criadores, S.L., con CIF B26289223, y domicilio social en Carretera de Fuenmayor, Km. 1,5, de Navarrete (La Rioja), por Auto de fecha 27 de noviembre de 2013, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor y de la administración concursal, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.3 de la Ley Concursal, formándose la sección quinta del concurso. 2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio. 3.- La disolución de la entidad concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 4.- En el plazo de QUINCE días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la L.C. 5.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Este edicto se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Logroño, 27 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso21/02/2013
    ⚖️ LOGROÑOProc. 943/2012Auto 28/01/2013

    Edicto Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración Concurso, del Concurso Voluntario Ordinario n.º 943/2012 se ha dictado en fecha 28 de enero de 2013 Auto de Declaración de Concurso de la mercantil Bodegas Breton Criadores, S.L., con CIF B-26289223, con domicilio social en Carretera de Fuenmayor, km. 1,5, de Navarrete (La Rioja). 2.º-Se ha acordado por tratarse de un concurso voluntario que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los Administradores Concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad profesional Red Concursal, S.L.P., habiendo comparecido a aceptar el cargo en representación de la misma la Economista doña Cristina Rubio Gómez, con domicilio postal en Logroño, calle Muro de la Mata, n.º 6, 2.º (Serte Rioja), y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Logroño, 5 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.