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Concurso de acreedores
BLANCO MODA INTERNACIONAL SL
CIF B91765321Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 27/06/2013 → 20/09/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso20/09/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de MadridAuto 07/09/2017
EDICTO D. Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 382/13 por auto de 07/09/17 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor BLANCO MODA INTERNACIONAL, SLU, con C.I.F. B-91765321 2.- Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.- Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal Madrid, 7 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal20/11/2013⚖️ MADRIDAuto 11/11/2013
Edicto. Don Miguel Ángel Acevedo González, Secretario del Juzgado Mercantil número 8 de Madrid. Anuncia 1.- Que en el procedimiento concursal número 382/13 referente al deudor, Blanco Moda Internacional, S.L.U., con CIF n.º B-91765321 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 11 de noviembre de 2013.- Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid.
- Otro acto concursal27/06/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 13/06/2013
E d i c t o D.ª Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1º.- Que en el procedimiento número 382/13, por auto de 12/06/13 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Blanco Moda Internacional SLU, con C.I.F. B-91765321, con domicilio en calle Juan de la Cierva, n.º 60, Polígono Prado Regordoño de Mostoles. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, Kpmg Concursal SLP y BBVA, S.A, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC habiendo designado despacho profesional para su recepción en Paseo de la Castellana nº 95, Edificio de Torre Europa, 28046 de Madrid, Teléfono 914563400, fax 915550132 y correo electrónico [email protected] La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 13 de junio de 2013.- Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.