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Concurso de acreedores

BLAN & CO GIP SL

CIF B91381210Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
516/12/201715/01/2021
Procedimiento
816/2017
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal15/01/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 816/2017Juez : MACARENA SANCHEZ DEL ROSALAuto 04/09/2020

    Aprobar el Plan de Liquidación realizado por la Administración Concursal en los términos en que se ha presentado

  2. Otro acto concursal11/09/2020
    ⚖️ SEVILLAAuto 14/10/2019

    Edicto. El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento número 816/17, referente al deudor Blan&Co GIP, S.L., con C.I.F.: B-91381210, y domicilio en Sevilla, en calle Almirante Tenorio, número 3, por auto de fecha 14 de octubre de 2019, se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Blan&Co GIP, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el número 816/17. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese de la administradora concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad Blan&Co GIP, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 8 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

  3. Conclusión del concurso08/09/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 816/2017Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 08/09/2020

    VER ANEXO

  4. Conclusión del concurso26/07/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 816/2017Juez : JUDITH SAIZ SORIAAuto 04/09/2020

    1.- Que en el procedimiento concursal número 1006.02/2019 referente al deudor NAUTICA PESCA DENTON SL, se ha presentado el informe definitivo (TEXTOS DEFINITIVOS) de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la

  5. Otro acto concursal16/12/2017
    ⚖️ SEVILLAProc. 816/2017Auto 12/12/2017

    E D I C T O El Juzgado de lo Mercantil número dos de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), A N U N C I A 1º.- Que en el procedimiento número 816/2017, con NIG 4109142120170001831, por auto de quince de noviembre de dos mil diecisiete se ha declarado en concurso voluntario al deudor Blan & Co GIP, S.L., con C.I.F.: B-91381210, y domicilio en Sevilla, en calle Almirante Tenorio, número 3. 2º.- Por auto de fecha veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete se ha acordado la liquidación del concurso, siendo el deudor suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido doña Esperanza Martín Ferrer, con domicilio postal en Sevilla, en calle Balbino Marrón. Edificio Viapol. 3ª planta.10; teléfono: 954 925 546, fax: 954 923 937, y dirección de correo electrónico: [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 12 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.