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Concurso de acreedores

BKB GLOBAL GROUP SL

CIF B65131112Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
203/06/201503/12/2024
Procedimiento
308/2015
Juzgado
Mercantil - 9

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal03/12/2024
    ⚖️ Mercantil - 9Proc. 308/2015Juez : MONTSERRAT MORERA RANSANZAuto 03/12/2024

    VER EDICTO

  2. Declaración de concurso03/06/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 308/2015Auto 08/05/2015

    Edicto de declaración de concurso Don Francesc Xavier Rafi Roig, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil número 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 308/2015 Sección C1. Fecha del auto de declaración: 8 de mayo de 2015. Clase de concurso: Abreviado voluntario. Entidad concursada: BKB Global Group, Sociedad Limitada, con domicilio en Avenida Diagonal, 421, 3.º 08008 Barcelona (Barcelona) con CIF B65131112. Administradores concursales: Don Jacinto Gimeno Valentín-Gamazo, Abogado. Recepción de créditos en: Dirección postal: Muelle de la Marina (Puerto Olímpico) 6. 08005 Barcelona (Barcelona). Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Registro público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13. 08014 Barcelona). Barcelona, 13 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.