Inicio›Justicia›BIOMASA DE MURCIA SL
Concurso de acreedores
BIOMASA DE MURCIA SL
CIF B73480816Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 03/05/2012 → 03/05/2012
- Procedimiento
- 2011/0001
Cronología del expediente
- Declaración de concurso03/05/2012⚖️ MURCIAProc. 2011/0001Auto 23/04/2012
Edicto Doña Ana M.ª Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial de Juzgado Mercantil. 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 529 /2011 y NIG nº 30030 47 1 2011/0001190, se ha dictado en fecha diecinueve de abril de 2012, Auto de declaración de concurso del deudor Biomasa de Murcia, S.L., con C.I.F. B-73480816, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/Alcalde Clemente, nº 10 Casillas (Murcia). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como admnistración concursal a Abogados Economistas Administradores Concursales de Murcia, S.L.P., con domicilio postal en C/Carril de la Condomina, nº3,7º E, Edificio Atalayas Business Center -Murcia- y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mesa partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/. 5º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. En Murcia, 23 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.