InicioJusticiaBIO-CERAM SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

BIO-CERAM SOCIEDAD LIMITADA

CIF B98252562Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
305/06/201322/10/2014

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso22/10/2014
    ⚖️ VALENCIAAuto 23/09/2014

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 99/13 voluntario, de la deudora concursada Bio Ceram SL, con CIF n.º B98252562 con domicilio en la calle Benjamín Franklyn n.º 25, Parc Tecnologic, Paterna /Valencia en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 23de septiembre de 2014 por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la L.C.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 23 de septiembre de 2014.- El secretario judicial.

  2. Declaración de concurso08/07/2013
    ⚖️ VALENCIAAuto 15/04/2013

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.º 99/13 de la entidad Bio Ceram, S.L., con domicilio en la calle Benjamín Franklyn, n.º 25, Parc Tecnologic de Paterna (Valencia) y CIF n.º B98252562, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 9.188, libro 6.471, folio 108, sección 8, hoja n.º V-139057, habiéndose dictado en fecha 15 de abril de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto por el que se ha nombrado, en sustitución del Administrador concursal D. Francisco Javier Plana Andrés por existir causa de incompatibilidad, como administrador concursal a la entidad Magdaleno-Ramos y Asociados, S.L.P., con domicilio en la calle Roger de Lauria, n.º 24, 1.º, Valencia, y correo electrónico [email protected]. Valencia, 18 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso05/06/2013
    ⚖️ VALENCIAAuto 22/03/2013

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.º 99/13, habiéndose dictado en fecha 22 de marzo de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Bio Ceram, S.L., con domicilio en la calle Benjamín Franklyn n.º 25, Parc Tecnologic de Paterna (Valencia) y CIF n.º B98252562, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 9188, libro 6471, folio 108, sección 8.ª, hoja n.º V-139057. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don Francisco Javier Plana Andrés, con domicilio en la calle Correos n.º 12, 3.ª. Valencia y correo electrónico [email protected] Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 22 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.