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Concurso de acreedores

BIENES ECOFORESTALES SA

CIF A97375349Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
316/07/201202/03/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso02/03/2016
    ⚖️ VALENCIAAuto 11/02/2016

    Edicto Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario 747/ 2012 Voluntario, de la deudora concursada Bienes Ecoforestales, S.A., con CIF n.º A 97375349, con domicilio en la calle Embajador Vich, n.º 3, despacho 2 - B, Valencia, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha once de febrero de dos mil dieciséis aclaratorio del auto de fecha 14/1/16 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por haber superado la situación de insolvencia prevista en el artículo 176- 1.º - 4.º de la LC y no por inexistencia de bienes habiéndose dejado sin efecto la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 11 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Conclusión del concurso13/02/2016
    ⚖️ VALENCIAAuto 14/01/2016

    Edicto Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario 747/ 2012 Voluntario, de la deudora concursada Bienes Ecoforestales, S.A., con CIF n.º A 97375349, con domicilio en la calle Embajador Vich n.º 3 despacho 2 - B, Valencia, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha catorce de enero de dos mil dieciséis por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (artículo 178 de la L.C.). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 14 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  3. Declaración de concurso16/07/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaAuto 20/06/2012

    Edicto Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n.º 000747/2012, habiéndose dictado en fecha veinte de junio de dos mil doce por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Bienes Ecoforestales, S.A., con domicilio en calle Embajador Vich, n.º 3, despacho 2-B, Valencia, y CIF n.º A 97375349, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 7773, libro de Sociedades 5069, folio 78, hoja V-96205, inscripción 1ª. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don Celestino Aparicio Argiles con domicilio en la calle General Sanmartín, n.º 1-4, 46004 Valencia, y correo electrónico: [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 20 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.