InicioJusticiaQue en el procedimiento concursal número 380/09 referente al concursado Bicau Construcciones, S.L

Concurso de acreedores

Que en el procedimiento concursal número 380/09 referente al concursado Bicau Construcciones, S.L

CIF B48303903Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
224/07/200922/01/2010

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación22/01/2010
    ⚖️ BILBAOAuto 08/01/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 380/09 referente al concursado Bicau Construcciones, S.L., con NIF B48303903, por auto de fecha 8 de enero de 2010, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de la facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Bicau Construcciones, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 8 de enero de 2010.- El/La Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal24/07/2009
    ⚖️ BILBAO.Auto 09/07/2009

    Edicto El Juzgado de lo Mercantíl n.º 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 380/09 por auto de 9 de julio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bicau Construcciones, S.L., con NIF B48303903, con domicilio en calle Cristo, n.º 1-3.º, dto.4-Bilbao, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184-3 LC). Bilbao, 9 de julio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.