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Concurso de acreedores

BEPERK INTERNET SL

CIF B19287069Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 30/06/2016 → 05/06/2017
Procedimiento
159/2016

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso05/06/2017
    ⚖️ GUADALAJARAProc. 159/2016Auto 16/05/2017

    Don José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 159/2016, por auto de fecha 16 de mayo de 2017, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por la insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa del concursado BEPERK INTERNET, S.L., con CIF B-19287069. Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado, disponiendo asimismo la extinción de la sociedad concursada y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda. La declaración de concurso del deudor, dentro de los cinco años siguientes a la reseñada resolución, tendrá la consideración de reapertura de este procedimiento. Guadalajara, 19 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso30/06/2016
    ⚖️ GUADALAJARAProc. 159/2016Auto 23/05/2016

    Don José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 159/2016 y NIG n.º 19130 42 1 2016 0001938, se ha dictado en fecha 23 de mayo de 2016, Auto de Declaración de concurso, que también apertura la fase de liquidación de deudor BEPERK, S.L., con CIF B19287069, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Guadalajara, avenida de Buendía, 11, oficina 56. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a la entidad AEA Administradores Concursales, S.L.P., con domicilio postal en Madrid, paseo de la Castellana, 177, 10.º, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Guadalajara, 22 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.