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Concurso de acreedores
BENET RIBAS SOCIEDAD ANONIMA
CIF A17028069Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 29/12/2011 → 17/09/2015
- Procedimiento
- 717/2011 · 3/2009
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/09/2015⚖️ GIRONAProc. 717/2011Auto 31/07/2015
Edicto Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 717/2011, se ha acordado mediante auto de fecha 10/06/2015 el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Benet Ribas, S.A., con CIF A-17028069, con domicilio en Avda. Joan Carles I, n.º 47, de Blanes. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la LC, en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 31 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación12/07/2012⚖️ GIRONAAuto 01/06/2012
Edicto Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en concurso voluntario n.º 717/11 se ha acordado mediante auto de fecha 1 de junio de 2012 el cierre de fase común y apertura de liquidación de la entidad mercantil "Benet Ribas, S.A., con CIF núm. A-17028069 y domiciliada en Avda. Joan Carles I, n.º 47, de Blanes. En cumplimiento del real decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" será gratuita para el auto de apertura de liquidación, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona, 29 de junio de 2012.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso29/12/2011⚖️ GIRONAProc. 3/2009Auto 15/12/2011
Edicto Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 717/11, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Benet Ribas, S.A., con domicilio en Avda. Joan Carles I, n.º 47, de Blanes, CIF núm. A-17028069, siendo designados como Administrador/es Concursal/es a D. Iñaki Frade Gobeo. Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentara ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias autenticas, del titulo o documentos relativos al titulo. El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertaran en el Registro Publico Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 15 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.