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Concurso de acreedores

BELLVER PLA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B96310404Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
721/10/200926/01/2022
Procedimiento
160/2009
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal26/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 160/2009Juez : CECILIA fernandez prietoAuto 22/12/2021

    declaración concurso

  2. Otro acto concursal29/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 160/2009Juez : JUAN JOSE CORTES HIDALGOAuto 22/12/2021

    Que en la Sección 5ª d los autos 283/214 de la mercantil concursada PROMOCIONES ANA GARZARAN S.L., se ha dictado en el día de la fecha Auto de conclusión al haber concluido la fase de liquidación y han sido aprobadas las cuentas presentadas por la AC

  3. Otro acto concursal29/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 160/2009Juez : MARIA JESUS MARTIN GARCIAAuto 22/12/2021

    Presentado Informe AC. Plazo 10 días alegaciones. Ver edicto adjunto

  4. Otro acto concursal29/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 160/2009Juez : CARLOS NIETO DELGADOAuto 22/12/2021

    SE HA DECRETADO POR AUTO DE FECHA 23-03-2021 LA DECLARACION, CONCLUSION Y ARCHIVO DEL CONCURSO

  5. Conclusión del concurso29/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 160/2009Juez : AMAGOIA SERRANO BARRIENTOSAuto 22/12/2021

    PUESTA DE MANIFIESTO PLAN LIQUIDACIÓN

  6. Convenio de acreedores20/02/2012
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 160/2009Auto 21/12/2011

    D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número Dos de Zaragoza, anuncia: 1.- Que en la Sección V del Concurso Ordinario Voluntario número 160/2009, siendo la concursada la entidad "Bellver Pla, Sociedad Limitada", con código de identificación fiscal número B-96.310.404, con domicilio social sito en Xátiva (Valencia), carretera Simat, sin número, representada por el Procurador Sr. Jiménez Giménez, se ha dictado el día 21 de diciembre de 2011 sentencia número 322/2011, aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la junta de acreedores celebrada el día 30 de noviembre de 2011. 2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal. El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento. 3.-Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que deber interponerse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de veinte días, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza, computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en los estrados de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado. Zaragoza, 22 de diciembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

  7. Declaración de concurso21/10/2009
    ⚖️ VALENCIA.Auto 02/10/2009

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado voluntario 866/09, habiéndose dictado en fecha 2 de octubre de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Bellver Pla, S.L., con domicilio en Carretera Simat, s/n, Xàtiva (Valencia) y CIF B-96310404, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 4930 de sociedades, libro 2239, folio 20, hoja V-35573, inscripción 1.ª Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de lo acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 2 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.