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Concurso de acreedores

BELIA TOURS SL

CIF B83573626Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
228/10/201023/07/2012
Procedimiento
791/2008
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/07/2012
    ⚖️ MADRIDProc. 791/2008Auto 10/07/2012

    Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, Anuncia 1.-Que en el procedimiento concursal necesario número 791/2008 referente al deudor "Belia Tours, S.L." y NIF B83573626, se ha presentado el informe provisional por la Administración concursal al que se refiere el capítulo I del título I de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias a su costa. 2.-Dentro del plazo de diez días, computados desde esta publicación en el "Boletín Oficial del Estado" los interesados no personados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en forma de demanda incidental suscrita por letrado y procurador y presentada en el Decanato de Primera Instancia de Madrid, y al que se acompañarán dos juegos de copias simples de la misma, y que deberán de presentarse en el Decanato de los Juzgados de Primera Instancia de esta capital sito en Capitán Haya, 66. Madrid, 10 de julio de 2012.- La Secretaria.

  2. Declaración de concurso28/10/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 791/2008Auto 08/09/2010

    Doña María del Carmen Fresneda García, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, por el presente Hago saber: 1.º) Que en los autos CNA 791/2008 seguidos en este Juzgado a instancias de Caamaño y Anido, S.L., se ha dictado auto de declaración de concurso necesario de Belia Tours, S.L. con CIF n.º B83573626 y cuyo centro de intereses principales coincidente con el domicilio lo tienen en Madrid, calle Paseo de los Castellanos n.º 15. 2.º) Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de las concursadas, que ejercerá la Administración concursal. 3.º) Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el art. 85 de la LCo. Dicha comunicación deberá presentarse ante el Decanato, registro de escritos civiles sito en c/ Capitán Haya n.º 66, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante dos copias de escrito firmado por el acreedor por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente en ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o los documentos relativos al crédito. 4.º) Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LCo). Madrid, 8 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.