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Concurso de acreedores

BEGOMAR Y KOPAL SL

CIF B21453576Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 13/08/2013 → 13/08/2013
Procedimiento
1026/2012

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso13/08/2013
    ⚖️ GRANADAProc. 1026/2012Auto 04/07/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1026/2012, por auto de fecha 4 de julio de 2013, se ha declarado en concurso necesario a la sociedad Begomar y Kopal, S.L. con CIF n.º B21453576 y domicilio en calle Fernández Arroyo, n.º 39 de La Zubia (Granada) donde tiene su centro de principales intereses. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección: Don José Antonio Porras Almeda, Administrador Concursal de Begomar y Kopal, S.L. con domicilio en Acera del Darro, n.º 8, 2.ª planta, 18005 Granada. Correo electrónico, [email protected] La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Granada, 24 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.