InicioJusticiaBDEU SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

BDEU SOCIEDAD LIMITADA

CIF B43262096Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
509/10/201918/11/2020
Procedimiento
266/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA · MERCANTIL - 9 · Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA Proc. 266/2013Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 25/09/2019

    Debo declarar y declaro al deudor en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración

  2. Otro acto concursal18/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA Proc. 266/2013Juez : SILVIA BASSO DE ALBURQUERQUEAuto 25/09/2019

    Declaración de concurso consecutivo y voluntario de acreedores, suspensión de funciones de disposición y administración y nombramiento de administrador concursal

  3. Conclusión del concurso18/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA Proc. 266/2013Juez : JORGE CUELLAR OTON LAJAuto 25/09/2019

    Tener por comunicado inicio negociaciones para acuerdos o adhesión propuesta

  4. Conclusión del concurso22/10/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 9Proc. 266/2013Juez : MONTSERRAT MORERA RANSABZAuto 25/09/2019

    CONCLUSIONES CONCURSO

  5. Otro acto concursal09/10/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 9 de BarcelonaProc. 266/2013Auto 25/09/2019

    Francesc Xavier Rafí Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Barcelona, Hago saber que: En el Concurso ordinario 266/2013 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de BDEU, S.L., con NIF B-43262096, con domicilio en calle Afueras s/n, Parcela 13 de Torremocha del campo (Guadalajara). La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 25 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Francesc Xavier Rafí Roig.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.