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Concurso de acreedores
BDEU SOCIEDAD LIMITADA
CIF B43262096Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 09/10/2019 → 18/11/2020
- Procedimiento
- 266/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA · MERCANTIL - 9 · Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA Proc. 266/2013Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 25/09/2019
Debo declarar y declaro al deudor en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración
- Otro acto concursal18/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA Proc. 266/2013Juez : SILVIA BASSO DE ALBURQUERQUEAuto 25/09/2019
Declaración de concurso consecutivo y voluntario de acreedores, suspensión de funciones de disposición y administración y nombramiento de administrador concursal
- Conclusión del concurso18/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA Proc. 266/2013Juez : JORGE CUELLAR OTON LAJAuto 25/09/2019
Tener por comunicado inicio negociaciones para acuerdos o adhesión propuesta
- Conclusión del concurso22/10/2019⚖️ MERCANTIL - 9Proc. 266/2013Juez : MONTSERRAT MORERA RANSABZAuto 25/09/2019
CONCLUSIONES CONCURSO
- Otro acto concursal09/10/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 9 de BarcelonaProc. 266/2013Auto 25/09/2019
Francesc Xavier Rafí Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Barcelona, Hago saber que: En el Concurso ordinario 266/2013 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de BDEU, S.L., con NIF B-43262096, con domicilio en calle Afueras s/n, Parcela 13 de Torremocha del campo (Guadalajara). La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 25 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Francesc Xavier Rafí Roig.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.