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Concurso de acreedores

BAYGOSA INVERSIONES SL

CIF B82100611Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
130/09/201530/09/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/09/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 08/09/2015

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 36/15, por auto de fecha 08/09/15, se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Baygosa Inversiones, S.L., con CIF número B-82100611, con domicilio en Majadahonda (Madrid), carretera de Majadahonda a Boadilla, km 0,500, parcelas 27 y 28 del Polígono Industrial El Carralero. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: 1.- Por presentación o remisión a la dirección: "Administración Concursal del concurso a D. Francisco Nieto Sánchez, con domicilio profesional en Madrid, Serrano, n.º 85, 2.º izda., con número de teléfono 96-546-19-79, fax 96-546-33-93. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidad.es Madrid, 8 de septiembre de 2015.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.