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Concurso de acreedores
BAREO INVESTMENTS SL
CIF B07781552Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 20/10/2011 → 23/10/2020
- Procedimiento
- 567/2011
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal23/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 567/2011Auto 18/12/2019
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal23/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 567/2011Auto 18/12/2019
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso23/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 567/2011Auto 18/12/2019
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso20/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 567/2011Auto 05/07/2011
Doña María José Navarro Melchor, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 567/2011, habiéndose dictado en fecha 5 de julio de 2011 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Bareo Inverstments, S.L., con CIF B-07781552, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don José Cano Coloma Abad, con NIF 22.544.609-D, Abogado, con despacho profesional en Valencia, plaza Bandas de Música, n.º 5-SS.7, teléfonos 963345819, y 963343157, móvil 670316026; don Rafael Molero Prieto, con NIF N.º 4.569.910-V, Economista, con despacho profesional en Valencia, calle Colón, 13-2.º, pta. H; teléfonos 963510068 y 963517283, móvil 696724824 y al Acreedor, Vladigolf, S.A., con domicilio en Valencia, paseo de la Alameda, n.º 64-B, con CIF A-97262109. Expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 26 de septiembre de 2011.- .
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.