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Concurso de acreedores

BARADA SL

CIF B28419703Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
429/11/201129/05/2025
Procedimiento
506/2011 · 10/2011
Juzgado
Mercantil - 9 · Juzgado de lo Mercantil n.º 09 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal29/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 9Proc. 506/2011Juez : ROBERTO NIÑO ESTEBANEZAuto 26/05/2025

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  2. Otro acto concursal19/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 9Proc. 506/2011Juez : MOISES GUILLAMON RUIZAuto 13/03/2025

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  3. Otro acto concursal09/01/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 09 de MadridProc. 506/2011Auto 21/12/2017

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 09 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento concurso ordinario 506/2011 de la concursada BARADA, S.L. CIF B28419703, con domicilio en C/ O'Donnell, 18-5-I, Madrid, por auto de fecha 21/12/2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 21 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  4. Otro acto concursal29/11/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 10/2011Auto 28/10/2011

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 28/10/2011 en autos n.º 506/2011 se ha declarado en Concurso Voluntario Ordinario al deudor Barada, S.L., con CIF B-28419703 con domicilio en C/ O'Donell, 18-5-I Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- Administrador Concursal: 1. Don Pedro Francisco Tortosa Mondéjar, Economista con domicilio en Pza, de Castilla, n.º 3-18-A. 28046 Madrid. Tel.: 91 344 94 10. 2. Don Edorta Josu Echarandio Herrera, Abogado con domicilio en Pza, de Castilla, n.º 3-18-A. 28046 Madrid. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Madrid, 28 de octubre de 2011.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.