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Concurso de acreedores

BALIMO SL

CIF B58517905Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 25/10/2012 → 13/07/2018
Procedimiento
537/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Convenio de acreedores13/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 537/2012Auto 11/06/2018

    D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso Voluntario n.º 537/2012-D se dictó en fecha 7-6-2018 un Auto de conclusión del concurso por cumplimento de convenio de la sociedad mercantil Balimo, S.L., con NIF B58517905. Asimismo se acuerda el archivo de las actuaciones por haber quedado firme el auto que declaró cumplido el convenio tras haber caducado las acciones de incumplimiento de convenio. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 11 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Convenio de acreedores16/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 537/2012Auto 28/12/2017

    Procedimiento: Concurso Voluntario n.º 537/2012-D. D. Luís Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que el procedimiento indicado, el día 29-11-2017 se ha dictado Auto de cumplimiento de convenio en el concurso voluntario de la sociedad Balimo, S.L., con CIF B-58517905, que es firme. Barcelona, 28 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  3. Otro acto concursal25/10/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 537/2012Auto 27/09/2012

    Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019 - 47 - 1 - 2012 - 8004521 y número 537/2012D se ha declarado el concurso voluntario de fecha 18/9/2012 de Balimo, S.L., con C.I.F. B-58517905 y domicilio en Vía Augusta, 82, ático, Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento ordinario. El administrador concursal es Lexaudit Concursal, S.L.P., con domicilio calle Provença, 280, 3-2, 08008 Barcelona y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en calle Provença, 280, 3-2, 08008 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones designando abogado o procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 27 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.