Concurso de acreedores
BALDEARC SL
CIF B65044521Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 26/03/2012 → 27/03/2012
- Procedimiento
- 62/2012
Cronología del expediente
- Otro acto concursal27/03/2012⚖️ BARCELONAAuto 06/03/2012
Edicto subsanando error material. Juan Manuel de Castro Aragonés, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 10 Barcelona, Hago saber: Que en el Edicto de fecha 6 de marzo de 2012, dando publicidad a la declaración del Concurso Voluntario 62/12 de la entidad Baldearc, S.L., con CIF B65044521, se ha incurrido en un error material en el nombre de la concursada, siendo el correcto Baldearc, S.L., y no el que constaba Baldearc Gestió D’Obres. Barcelona, 12 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso26/03/2012⚖️ BARCELONAProc. 62/2012Auto 01/03/2012
María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111 edificio C, planta 13 de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 62/2012-B. Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y NIF.- Baldearc Gestió D’Obres, CIF B65044521. Fecha del auto de declaración.- 1 de marzo de 2012. Administradores concursales.- Rodrigo Cabedo Gregori, con domicilio en Av. Sarriá, 37, pral. 1.ª 08029 Barcelona (Barcelona) y Teléfono n.º 934951661 y en calidad de Economista y dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 6 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.