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Concurso de acreedores
B2B COMERCIA, SOCIEDAD LIMITADA
CIF A13315452Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 17/02/2011 → 18/07/2012
- Procedimiento
- 1003/2010
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Cronología del expediente
- Declaración de concurso18/07/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 1003/2010Auto 03/07/2011
Edicto Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, por el presente, Anuncia: Que en los autos de concurso voluntario ordinario del deudor "B2B Comercia, S.L.U.", con CIF: "A-13.315.452" seguidos en este Juzgado con el n.º 1003/2010 se ha dictado en 3 de julio de 20112, sentencia aprobando convenio, cuyo fallo es como sigue: Se aprueba con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentadas en el concurso voluntario n.º 1003/2010 del deudor "B2b Comercia, S.L.U.", que fueron aceptadas por la Junta de acreedores celebrada el día 26 de abril de 2012. Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor. Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en el cargo para llevar a cabo las funciones previstas en el capítulo II del título VI. Salvo a los efectos de contestar o informar en Piezas que aún no hayan finalizado. Se concede a la Administración concursal el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso en la que será parte la Administración concursal. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable Notifíquese esta sentencia al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Publíquese la sentencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad para su inscripción. Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales de la Sección primera. Madrid, 3 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal28/05/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 1003/2010Auto 13/05/2011
Edicto. Doña Yolanda Caballero Martín, Secretaria Judicial sustituta del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 1003/2010 referente a la deudora "B2B Comercia, S.L.U.", con CIF: A-13315452, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde su notificación a las partes personadas y para los acreedores no personados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 13 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal17/02/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 1003/2010Auto 12/01/2011
Doña Yolanda Caballero Martín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1º.-Que en el procedimiento número 1003/2010, por auto de 12 de enero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "B2B Comercia, S.L.U.", CIF: A-13315452, con domicilio social en Ciudad Real, plaza Puerta de Alarcos, número 2, 13002-Ciudad Real y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, pudiendo comunicarlo también en el domicilio de la Administración concursal sito en la calle Modesto Lafuente, número 19, 1.º derecha, de Madrid 28003, o por correo electrónico a la dirección: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 18 de enero de 2011.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.