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Concurso de acreedores

AZURVANE CONSTRUCCIONES SL

CIF B09447350Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
219/04/201215/09/2015
Procedimiento
35/2012

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal15/09/2015
    ⚖️ BURGOSProc. 35/2012Auto 17/07/2015

    Edicto Don Javier Ortega Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Burgos, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 35/2012 y NIG 09059 42 1 2012 0001335, se ha dictado en fecha 17 de julio de 2015 Auto declarando la conclusión y archivo de la deudora Azurvane Construcciones, S.L., con C.I.F.: B-09447350 y domicilio social en Miranda de Ebro (Burgos), calle Francisco Cantera, 19-Interior. 2º.- Igualmente se ha acordado dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan, tal y como previene el artículo 178.3 de la Ley Concursal. Burgos, 1 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso19/04/2012
    ⚖️ BURGOSProc. 35/2012Auto 23/03/2012

    Edicto. Doña María del Pilar Lafuente Benito, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Burgos, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en este órgano judicial, con el n.º 35/2012 y NIG n.º 09059 42 1 2012 0001335 se sigue Concurso de Acreedores y en su Sección Primera de Declaración de Concurso, se ha dictado en fecha 1-03-2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor Azurvane Construcciones Sociedad Limitada con cif n.º B-09447350 y domicilio social en la Calle Francisco Cantera, n.º 19, Interior de Miranda de Ebro (Burgos). 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor por la administración concursal mediante su autorización o conformidad. Se ha designado como administración concursal a la abogada doña Laura Asín Saiz, con despacho profesional en la calle Eduardo Martínez del Campo, n.º 6, Bajo, CP 09003 de Burgos, y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Burgos, 23 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.