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Concurso de acreedores

AZUDTURIS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B35450758Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
730/04/201918/07/2022
Procedimiento
403/2018 · 5/2019 · 22/2003
Juzgado
MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/07/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 403/2018Juez : ALBERTO LOPEZ VILLARRUBIAAuto 15/07/2022

    Se ha dictado en fecha 15 de julio de 2022 auto declarando el archivo de la sección de calificación, conforme a lo establecido en el art. 450.1 del TRLC. Ver archivo adjunto.

  2. Otro acto concursal31/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 5/2019Juez : SERGIO BURGUILLO POZOAuto 14/03/2022

    Que en la Sección V Liquidación 411/2020, referente a la concursada ENJOY TRAVELING EXHIBITIÓN, S.L., con CIF B27845254, por Auto de fecha 3 de Junio de 2021, se ha acordado aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración concursal.

  3. Otro acto concursal31/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 403/2018Juez : MÓNICA FERNÁNDEZ SALGADOAuto 14/03/2022

    ADMISIÓN CONCURSO, DESIGNACIÓN DE ADMINISTRACIÓN CONCURSAL UN MES PARA PERSONARSE ACREEDORES ADMINISTRACIÓN INTERVENIDA

  4. Convenio de acreedores31/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 403/2018Juez : MARIA DE LOS ANGELES MIGUEL FERNANDEZAuto 14/03/2022

    DECRETO COMUNICACION INICIO NEGOCIACIONES PARA ACUERDO DE REFINANCIACION O PROPUESTA ANTICIPADA DE CONVENIO

  5. Otro acto concursal10/12/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 5/2019Juez : NO CONSTA NO CONSTAAuto 14/07/2020

    PLAN LIQUIDACIÓN

  6. Convenio de acreedores04/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 403/2018Juez : EDUARDO GOMEZ LOPEZAuto 22/09/2021

    póngase de manifiesto por plazo de 15 días a las partes personadas para que, en su caso, puedan formular oposición razonada a la aprobación de las cuentas del AC cesado.

  7. Declaración de concurso30/04/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Auto 25/03/2019

    EDICTO D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000005/2019, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Araceli Colina Naranjo, en nombre y representación de Azudturis, S.L, se ha dictado auto el día 25 de marzo de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Azudturis, S.L. con CIF B-35.450.758, y domicilio social en Agüimes, calle Ciprés, s/n, esquina a la calle Zapote, Gran Canaria, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el "Boletín Oficial del Estado". Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. José Manuel Santana Rosa, como economista, el cual ha designado como domicilio postal en Avenida de Rafael Cabrera 10, entreplanta, oficina B,35002, de las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928.239.572, fax nº 928.239.572, correo [email protected] y manifiesta: En cuanto a los efectos sobre las facultades de Administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 16 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.