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Concurso de acreedores
AVANZA IMAGEN Y COMUNICACION SL
CIF B54351069Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 27/12/2013 → 14/11/2017
- Procedimiento
- 01/2014
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso14/11/2017⚖️ ALICANTEAuto 21/09/2017
D.ª Cristina Cifo González, Letrada A. Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Alicante n.º 1 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en el Concurso Ordinario n.º 673/13, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U., con CIF B-54351069, y con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), avenida de la Libertad, n.º 49, entresuelo B, se ha dictado auto de conclusión en fecha 7-11-2017, que es firme y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U. 2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 3. Se acuerda la extinción de AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U., con CIF B-54351069, en liquidación con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante) Avenida de la Libertad, n.º 49, entresuelo B, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 21 de septiembre de 2017 5. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso ( art. 177). Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe. Alicante, 7 de noviembre de 2017.- Letrada Administración de Justicia.
- Otro acto concursal27/01/2014⚖️ ALICANTEProc. 01/2014Auto 15/01/2014
El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia: 1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el Administrador Concursal, proveído por resolución de fecha 15/01/2014, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el n.º 673/13 y de la concursada Avanza Imagen y Comunicación, S.L.U., con CIF B-54351069 y domicilio en San Vicente del Raspeig (Alicante), Avenida de la Libertad, n.º 49, entresuelo B. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Alicante, 15 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal27/12/2013⚖️ ALICANTEAuto 05/12/2013
Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 5 de diciembre de 2013 en el procedimiento con número de autos 673/13-C y N.IG.03014-66-2-2013-0001506 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Avanza Imagen y Comunicación, S.L.U., con CIF B-54351069 y con domicilio en San Vicente del Raspeig (Alicante) Avenida de la Libertad, n.º 49 entresuelo B. Se declara el cese de los liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. Consta que el deudor ha interesado la liquidación. Segundo.-Que al deudor le han sido suspendidas sus facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, que pasarán a ejercerse por la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal don Rafael Romero Huertas en calidad de Economista con domicilio postal en calle Alemania, número 17, 3.º D, Alicante, Teléfono 968897270 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 13 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.