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Concurso de acreedores

AUTOSERVICIOS TAMANACO SL

CIF B28171395Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
526/07/201413/05/2022
Procedimiento
475/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal13/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 475/2014Juez : JUAN JOSE HURTADO YELOAuto 24/02/2016

    DECLARAR EN CONCURSO A LA HERENCIA DE RAFAEL CUETO PEÑA,

  2. Otro acto concursal13/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 475/2014Auto 16/04/2015

    Resolución sobre las facultades de administración

  3. Apertura de liquidación13/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 475/2014Auto 16/04/2015

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  4. Otro acto concursal13/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 475/2014Auto 31/03/2015

    Resolución judicial de acumulación de concurso

  5. Declaración de concurso26/07/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 475/2014Auto 02/07/2014

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª planta. Número de asunto.- Concurso voluntario 475/2014 7.ª Tipo de concurso.- Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- AUTOSERVICIOS TAMANACO, S.L. NIF B-28171395. Fecha de auto de declaración.-11/06/2014. Administradores concursales.- De Pascual & Marzo Abogados, con domicilio en Barcelona, C/ Muntaner, 240, ppal. 1.º, con número de teléfono 93.240.40.11, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que conste sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 2 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.