InicioJusticiaAUTOMOTIVE EUROPEAN CONTROL & LOGISTICS SL

Concurso de acreedores

AUTOMOTIVE EUROPEAN CONTROL & LOGISTICS SL

CIF B65842817Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
703/02/202019/03/2024
Procedimiento
2696/2019
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONA · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal19/03/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 2696/2019Juez : ANTONIO JESUS CUBERO GÓMEZAuto 05/02/2024

    visto el estado de las presentes actuaciones, y conforme a lo previsto en el artículo 525 el TRLC, acuerdo dar traslado a los acreedores del informe presentado asi como del plan de liquidación propuesto para que, en el plazo de quince días

  2. Conclusión del concurso19/03/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 2696/2019Auto 05/02/2024

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso08/02/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 2696/2019Juez : ALFONSO MERINOAuto 05/02/2024

    Concluir el concurso de la entidad AUTOMOTIVE EUROPEAN CONTROL & LOGISTICS, S.L,

  4. Otro acto concursal31/07/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 2696/2019Juez : YOLANDA RIOS LOPEZAuto 23/07/2020

    SE ACUERDA LA APROBACIÓN del plan de liquidación de la concursada AUTOMOTIVE EUROPEAN CONTROL & LOGISTICS, S.L., a que deberán sujetarse las operaciones de liquidación de la masa activa, con las modificaciones

  5. Declaración de concurso11/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 2696/2019Auto 30/01/2020

    Luis Miguel Gonzalo Capellin, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación, dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 2696/2019 Sección: G. NIG: 0801947120198031494. Fecha del auto de declaración y apertura de liquidación. 13/01/2020. Clase de concurso. Voluntario. Entidad concursada. AUTOMOTIVE EUROPEAN CONTROL & LOGISTICS, S.L, con CIF: B65842817. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal a: Fernando Redondo García, con dirección postal en Calle Muntaner 269, 1.º 1.ª, 08021 – Barcelona, y dirección electrónica: [email protected], teléfono n.º 934089973 y fax n.º 932159490. Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 – Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 30 de enero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellin.

  6. Declaración de concurso05/02/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 2696/2019Juez : YOLANDA RIOS LOPEZAuto 13/02/2019

    DECLARAR AL DEUDOR en situación de concurso voluntario,acordando su disolución, la apertura de la fase de liquidación, y el cese de sus administradores.

  7. Otro acto concursal03/02/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 2696/2019Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 13/01/2020

    Acuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso de ROMA NUEVAS TECNOLOGIAS Y DESARROLLO SL, CIF B 90934208.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.