Inicio›Justicia›AUTOMOCION AGUILAR SL
Concurso de acreedores
AUTOMOCION AGUILAR SL
CIF B79076626Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 23/01/2016 → 07/07/2020
- Procedimiento
- 441/2015
- Juzgado
- MERCANTIL - 6
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso07/07/2020⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 441/2015Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTIN FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 03/07/2020
VER DOCUMENTACION ADJUNTA
- Otro acto concursal07/07/2020⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 441/2015Juez : NO CONSTA NO CONSTAAuto 10/02/2020
VER DOCUMENTO ADJUNTO
- Conclusión del concurso07/07/2020⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 441/2015Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 03/07/2020
Conclusión y archivo
- Otro acto concursal23/01/2016⚖️ MADRIDProc. 441/2015Auto 15/01/2016
EDICTO Doña Carmen Fresneda García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1.º-Que en el procedimiento número 441/2015, por auto de fecha 6 de noviembre de 2.015, se ha declarado en concurso al deudor AUTOMOCIÓN AGUILAR, S.L., con CIF B79076626, tiene su domicilio social en Madrid 28035, Carretera Villaverde a Vallecas, Km 3,800, Mercamadrid (Zona Comercial). 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado, deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo valida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: Don Ángel Francisco Rubio Pablos: Calle Antonio Acuña, n.º 9, 2.º izquierda, 28009 de Madrid, o correo electrónico: [email protected] 4.º-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la ultima publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 15 de enero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.