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Concurso de acreedores
AUSYSTEMS MOBILE SOLUTIONS IBERICA SA
CIF A82654666Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 20/07/2009 → 18/07/2020
- Procedimiento
- 534/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/07/2020⚖️ MADRIDProc. 534/2009Auto 14/07/2020
EDICTO Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 534/2009 de la concursada AUSYSTEMS MOBILE SOLUTIONS IBERICA, S.A., con CIF A-82654666, por auto de fecha 24/06/2020 se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 14 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
- Otro acto concursal20/07/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 534/2009Auto 03/07/2009
El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 534/2009, por auto de fecha 3 de julio de 2009 se ha declarado en concurso al deudor Ausystems Mobile Solutions Ibérica, S.A., con CIF A-82654666. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.