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Concurso de acreedores
AUGUSTA FUTURE SL
CIF B66196999Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 18/02/2017 → 18/11/2022
- Procedimiento
- 566/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONAProc. 566/2016Juez : LUCIA MARTINEZ OREJASAuto 19/10/2020
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso18/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONAProc. 566/2016Juez : LUCIA MARTINEZ OREJASAuto 19/10/2020
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso18/02/2017⚖️ BARCELONAProc. 566/2016Auto 28/11/2016
Edicto Maria José Hompanera Gonzalez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n° 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil Núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de Les Corts Catalanes, N° 111 Edificio C Planta 13 de Barcelona. Número de Asunto.- Concurso Voluntario Núm. 566/2016- A Tipo de Concurso.- Concurso Voluntario Entidad Instante del Concurso y Cif.- AUGUSTA FUTURE,S.L.. Cif. B66196999 Fecha del Auto de Declaracion.- 8/11/2016 Administradores Concursales.- Pedro Franco Corrons, con Domicilio Via Augusta 12 4° 2ª Barcelona y Teléfono N° 932172598 y en calidad de letrado y dirección electrónica [email protected] Facultades del Concursado.- Intervenidas Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente en el Boletin Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada. Barcelona, 28 de noviembre de 2016.- Letrada de la Adm. de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.