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Concurso de acreedores
ATLANTICO CONGRESOS SL
CIF B15674336Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 13/04/2013 → 31/10/2025
- Procedimiento
- 93/2013
- Juzgado
- MERCANTIL DE A CORUÑA Nº 001 · Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso31/10/2025⚖️ MERCANTIL DE A CORUÑA Nº 001Proc. 93/2013Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 28/10/2025
Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de ATLÁNTICO CONGRESOS S.L., domiciliada en Santiago de Compostela, A Coruña, c/ Senra 7-9, 1º, CP 15702, CIF B 15674336,
- Otro acto concursal08/09/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 93/2013Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 11/08/2025
BOLETÍN ESTADISTICO RENDICION DE CUENTAS
- Declaración de concurso13/04/2013⚖️ A CORUÑAProc. 93/2013Auto 19/03/2013
Edicto D. Domingo Villafáñez García, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración concurso 93/2013, y NIG 15030 47 1 2013 0000199, se ha dictado en fecha 19 de marzo de 2013 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Atlántico Congresos, Sociedad Limitada, con CIF B15674336, cuyo centro de intereses principales lo tiene en domiciliada en Santiago de Compostela, A Coruña, calle Senra, 7-9, 1.º, código postal 15702. 2º.- La deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. El procedimiento se tramitará como abreviado y se nombró administrador concursal único, con las facultades de intervención expresadas en el apartado anterior, al economista don Francisco Álvarez Serrano, con despacho abierto en Santiago de Compostela,calle Salvador Allende, número 6, 2.º, código postal 15705, fax 981 939395, y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín oficial del Estado. A Coruña, 20 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.