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Concurso de acreedores
ATLANTA DESARROLLO Y PROYECTOS SL
CIF B85687036Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 23/02/2011 → 15/10/2014
- Procedimiento
- 564/2010 · 249/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal15/10/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridAuto 25/09/2014
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 564/10, referente al concursado ATLANTA DESARROLLO Y PROYECTOS, S.L., con CIF B85687036, se ha dictado con fecha 25 de septiembre de 2014, auto de aprobación del plan de liquidación elaborado por la Administración Concursal. 2.- Que se ha formado la sección sexta que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Dentro de los diez días siguientes a la publicación en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 2 de octubre de 2014.- La Secretario judicial.
- Apertura de liquidación19/11/2012⚖️ MADRIDProc. 564/2010Auto 08/10/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 564/2010 referente al concursado Atlanta Desarrollos y Proyectos, S.L., B-85687036, por auto del día de la fecha se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Atlanta Desarrollos y Proyectos, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. Madrid, 8 de octubre de 2012.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal17/09/2011⚖️ MADRIDProc. 249/2009Auto 04/07/2011
El Juzgado de lo Mercantil número 4, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número CNO 249/2009 referente al deudor Atlanta Desarrollos y Proyectos, S.L. CIF B85687036 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 4 de julio de 2011.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal23/02/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil 4 de MadridProc. 564/2010Auto 30/12/2010
El Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimeinto número 564/2010, por auto de 30 de diciembre de 2010 se ha declarado en concurso al deudor Atlanta Desarrollos y Proyectos, con CIF B85687036, con domicilio en la calle Serrano, 78, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 3º.- El plazo para esa comunicación es el de un mes a contar de la publicación del anuncio que se ha oredenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Debiendo comunicar los créditos mediante escrito presentado en Decanato de Escritos en Capitán Haya, 66, Madrid. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 30 de diciembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.