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Concurso de acreedores

ATEZURI SOCIEDAD ANONIMA

CIF B95360665Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
228/06/201011/01/2018
Procedimiento
286/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia: · Juzgado de lo Mercantil 1 de Bilbao (Bizkaia)

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación11/01/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia:Proc. 286/2010Auto 04/01/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia: Que, en el procedimiento concursal número 286/2010 en el que figura como concursado/a ATEZURI, S.A., CIF B95360665, se ha dictado el día de hoy, auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo que se contengan en la sentencia de calificación. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 4 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal28/06/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de Bilbao (Bizkaia)Auto 01/06/2010

    El Juzgado de lo Mercantil 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 286/10, por auto de 1 de junio de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Atezuri, S.A." con NIF B95360665, con domicilio en la calle Lapurdi, número 20 bajo, Galdakao (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Galdakao. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). BIlbao, 1 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.