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Concurso de acreedores

ASTERSA APLICACIONES SOLARES SA

CIF A74193582Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
220/12/201410/03/2020
Procedimiento
174/2014
Juzgado
MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso10/03/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 174/2014Juez : alfonso muñoz paredesAuto 22/01/2020

    conclusión del concurso

  2. Otro acto concursal20/12/2014
    ⚖️ OVIEDOAuto 25/11/2014

    Edicto Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 219/14 (NIG 33044 47 1 2014 0000454), el señor Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 25 de noviembre de 2014, Auto que no es firme, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Astersa Aplicaciones Solares, Sociedad Anónima, con CIF A-74193582, y domicilio sito en Mieres, Polígono Industrial Vega de Arriba, s/n. 2.º-En dicho procedimiento se ha nombrado como Aministrador concursal a Área Concursal, Sociedad Limitada Profesional, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Uría, n.º 46, 2.º izquierda, código postal 33003, de Oviedo y la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] Igualmente Área Concursal, Sociedad Limitada Profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 párrafo 2.º de la Ley Concursal, ha designado como persona natural que le represente en el ejercicio del cargo al economista Auditor don Manuel María Arroyo Lemus, quien a su vez, ha designado a efectos de comunicación de créditos y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Cervantes, n.º 15, 3.º derecha, código postal 33004, de Oviedo y la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected], pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otras direcciones, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado. El horario de atención al público facilitado por la Administración concursal es: de lunes a jueves, de 9:30 a 13:30 horas y de 16:30 a 18:30 horas y viernes de 9:30 a 14:00 horas. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal. 3.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad. Oviedo, 3 de diciembre de 2014.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.