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Concurso de acreedores

ASPIRACIONES DEL CENTRO SA

CIF A78657194Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
317/02/201427/02/2019
Procedimiento
744/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal27/02/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 03 de MadridProc. 744/2013Auto 19/02/2019

    EDICTO D. Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el art. 23 de la LC, anuncia: 1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 744/2013 relativo a la mercantil ASPIRACIONES DEL CENTRO, S.A., con CIF A78657194 se ha dictado auto con número 27/2019 de fecha 19/02/2019, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en su caso en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 19 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, D. Enrique Calvo Vergara.

  2. Apertura de liquidación12/08/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de MadridProc. 744/2013Auto 22/07/2014

    Edicto El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 744/2013 referente al concursado Aspiraciones del Centro SA, se ha dictado auto de fecha 22 de julio del 2014 en el que se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la Fase de Liquidación 2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC. 3.- Declarar disuelta la concursada, Aspiraciones del Centro SA Cif: A-78657194, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Madrid, 22 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal17/02/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridAuto 29/01/2014

    Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 744/13 se ha dictado auto por el Juez D. Jesús Alemany Eguidazu de fecha 29 de enero de 2014 declarando en concurso voluntario abreviado al deudor ASPIRACIONES DEL CENTRO, S.A., con CIF A-78657194, con NIG 28079100103512013. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal D. José Antonio Sánchez Pérez, en Ronda de Valencia, 9, 4.º A, 28012 Madrid, con correo electrónico [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de febrero de 2014.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.