Concurso de acreedores
ASOVEX SL
CIF B46890117Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 02/07/2015 → 26/06/2019
- Procedimiento
- 1486/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso26/06/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 1486/2014Auto 14/06/2019
D./Dña. Cristina Gil Fabregat Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario [CNO] 1486/2014 Necesario, de la deudora Concursada Asovex SL, con CIF Nº B-46890117, con domicilio en la Calle Váquez de Mella nº10, Burjassot (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 14 de junio de 2019 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 14 de junio de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Gil Fabregat.
- Otro acto concursal10/02/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 1486/2014Auto 11/01/2016
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de fecha 11 de enero de 2016 de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Concurso de Acreedores Ordinario Necesario n.º 1486/2014, habiéndose dictado en fecha 11 de enero de 2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto en el que se acuerda la suspensión de facultades de la mercantil Asovex, S.L., con domicilio en calle Vázquez de Mella, n.º 1, Burjassot (Valencia) y CIF n.º B-46890117, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 4448, folio 38, hoja n.º 24820, que pasarán a ser desempeñadas por el administrador concursal de la misma D. Luis Montes Reig, con domicilio en la calle Cirilo Amorós, n.º 39-5.ª, Valencia. Valencia, 11 de enero de 2016.- Letrado de la Admón. de Justicia.
- Declaración de concurso02/07/2015⚖️ VALENCIAProc. 1486/2014Auto 12/06/2015
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Necesario n.º 1486/2014, habiéndose dictado en fecha 12 de junio de 2015 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Asovex, S.L., con domicilio en calle Velázquez, n.º 10 de Burjassot, y CIF n.º B-46890117, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 4448, Folio 38, Hoja n.º 24820. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don Luis Montés Reig con domicilio en la calle Cirilo Amorós, n.º 39, 5.ª, Valencia, y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 12 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.