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Concurso de acreedores
ASENTADORES 22 SOCIEDAD LIMITADA
CIF B90256876Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 9 — 19/06/2020 → 19/06/2024
- Procedimiento
- 158/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA · Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 1ª - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/06/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 158/2020Juez : D. Jorge Montull UrquijoAuto 27/05/2024
Edicto declaración concurso a los solos efectos solicitud de BEPI
- Otro acto concursal19/06/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 158/2020Auto 27/05/2024
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso19/06/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 158/2020Auto 27/05/2024
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso28/05/2024⚖️ Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 1ª - 1Proc. 158/2020Juez : FRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROSAuto 27/05/2024
Auto de conclusión de concurso y aprobación de rendición de cuentas de la AC.
- Otro acto concursal25/04/2024⚖️ Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 1ª - 1Proc. 158/2020Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 24/04/2024
petición de conclusión por finalización de liquidación y rendición de cuentas
- Otro acto concursal23/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 158/2020Juez : Bárbara Córdoba ArdaoAuto 12/03/2020
Edicto sentencia aprueba convenio
- Otro acto concursal15/09/2020⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1Proc. 158/2020Juez : FRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROSAuto 11/09/2020
APROBAR el Plan de Liquidación propuesto por la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la entidad ASENTADORES 22, S.L.. La APERTURA de la sección de calificación.
- Apertura de liquidación25/06/2020⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1Proc. 158/2020Juez : FRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROSAuto 24/06/2020
La apertura de la fase de liquidación del deudor Asentadores 22, S.L., con CIF B90256876 y domicilio en Mercado Mercasevilla, S/N, nave 1ª cuartelada 22;CP: 41020 de Sevilla.
- Otro acto concursal19/06/2020⚖️ SEVILLAProc. 158/2020Auto 12/03/2020
El Tribunal de instancia mercantil de Sevilla (sección primera), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 158/2020-5, con NIG 4109142120190061761, por auto de 12 de marzo de 2020, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Asentadores 22, S.L., con CIF B90256876, y domicilio en Mercado Mercasevilla, s/n, nave 1.ª, cuartelada 22, CP 41020 de Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la Administración Concursal, a la Letrada doña Anabel Moreno Salmerón, con domicilio profesional sito en c/ Zaragoza, n.º 21, dúplex E, de Jerez de la Frontera (Cádiz), CP 11402; teléfono 678 671 001; fax 956 343 414, y dirección electrónica [email protected], bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 16 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Galvez Muñoz.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.