Inicio›Justicia›ARUSPIDE, SOCIEDAD LIMITADA
Concurso de acreedores
ARUSPIDE, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B13295274Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 9 — 30/05/2017 → 16/01/2026
- Procedimiento
- 107/2017
- Juzgado
- MERCANTIL DE CIUDAD REAL · Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso16/01/2026⚖️ MERCANTIL DE CIUDAD REALProc. 107/2017Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNANDEZAuto 12/11/2025
Auto de conclusión de concurso
- Apertura de liquidación09/05/2025⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4Proc. 107/2017Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNÁNDEZAuto 24/04/2025
AUTO APRUEBA REGLAS ESPECIALES
- Otro acto concursal09/05/2025⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4Proc. 107/2017Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNÁNDEZAuto 24/04/2025
Debo calificar como fortuito el concurso
- Otro acto concursal19/03/2025⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4Proc. 107/2017Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNÁNDEZAuto 17/03/2025
Informe de la administración concursal conforme a los artículos 290 y ss. TRLC
- Apertura de liquidación03/01/2025⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4Proc. 107/2017Juez : CARMELO ORDÓÑEZ FERNÁNDEZAuto 19/12/2024
Acuerdo concluir la fase de convenio aperturando la fase de liquidación del presente concurso
- Otro acto concursal14/12/2022⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4Proc. 107/2017Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNÁNDEZAuto 14/12/2022
Se acuerda convocar Junta de Acreedores señalándose para el 26 de enero de 2023 a las 09:50 horas en la Sala de Vistas Nº 3 de estos juzgados
- Otro acto concursal31/03/2022⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4Proc. 107/2017Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNANDEZAuto 18/03/2022
Convocar Junta de Acreedores señalándose para el 22 de septiembre de 2022 a las 10.00 horas en la Sala de Vistas Nº 3 de estos Juzgados
- Otro acto concursal31/03/2022⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 4Proc. 107/2017Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNANDEZAuto 18/03/2022
Convocar Junta de Acreedores señalándose para el 22 de septiembre de 2022 a las 10.00 horas en la Sala de Vistas Nº 3 de estos Juzgados
- Declaración de concurso30/05/2017⚖️ CIUDAD REALProc. 107/2017Auto 25/05/2017
Doña Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Ciudad Real, Hago saber: 1.º Que en la sección I de declaración de concurso 107/2017, con NIG: 13034 41 1 2017 0001139 seguido en este órgano judicial se ha dictado en el día de la fecha auto de declaración de concurso voluntario abreviado de la entidad Aruspide, S.L., con CIF B-13295274, e Inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real en la hoja CR. 9011, con domicilio en Valdepeñas, calle Ciriaco Cruz, n.º 2. 2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, que seguirá ejerciendo el concursado, quedando sometido en el ejercicio de éste a la autorización o conformidad del Administrador Concursal designado. 3.º Se ha designado como Administrador concursal al economista D. Inocencio Carazo González, con domicilio en Paseo Pintor Rosales, 28, 7.º derecha, CP: 28008 de Madrid, y dirección de correo electrónico [email protected], direcciones que han sido señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 25 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.