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Concurso de acreedores

ARTICULO 27 LEY CONCURSAL SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

CIF B90038522Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/02/201629/11/2018
Procedimiento
350/2018 · 02/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal29/11/2018
    ⚖️ SEVILLAProc. 350/2018Auto 26/11/2018

    El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 3.ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), A N U N C I A: 1º.- Que en el procedimiento número 350/2018, con NIG 4109142120180062308 por auto de fecha 13/11/18 se ha declarado en concurso al deudor Investigación de Dehesas Ecológicas, S.L., con C.I.F. B-91.874.461, con domicilio social en Gelves (Sevilla), calle Almenso, 18, C.P. 41120. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la Ley Concursal, directamente ante la administración concursal, a la entidad "Artículo 27 Ley Concusal S.L.P." con CIF B90038522, representada por el letrado D. Jorge Narciso Cobo García, con domicilio en c/ Carlos Cañal, n.º 7, Entreplanta, 41001 de Sevilla, con teléfono 954440669, con fax 954564732 y con dirección de correo electrónico [email protected], bien por escrito dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 26 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

  2. Declaración de concurso15/02/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BadajozProc. 02/2016Auto 03/02/2016

    D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración de concurso 000992/2015 y se ha dictado en fecha 01/02/2016 auto declaracion concurso voluntario del deudor HOSTAL RESTAURANTE KARMEN, S.L., con C.I.F. B06459150, con domicilio en Santa Amalia (Badajoz), C/Infante, 89. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado como administración concursal a artículo 27 Ley Concursal, con CIF B90038522, con domicilio postal en Almendralejo (Badajoz), C/ Francisco Pizarro, n.º 50, 1.º, y dirección de correo electrónico [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirá bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos, tampoco serán tenidas en cuanta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Badajoz, 3 de febrero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.