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Concurso de acreedores

ARGON INFORMATICA SA

CIF A17154006Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
114/08/201814/08/2018
Procedimiento
395/2018

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso14/08/2018
    ⚖️ GIRONAProc. 395/2018Auto 21/06/2018

    Edicto declaración de concurso. Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Girona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto: 395/2018. Fecha del auto de declaración: 21 de junio de 2018. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: Argon Informática, S.A. Cif de la concursada: A-17154006. Domicilio de la concursada: Calle Nostra Sra de Montserrat, número 25 de Figueres, 17600 de Girona. Administración concursal: Gestión concursal jurídica y económica S.L.P. -Dirección postal: Calle Antoni LLopies, número 6, piso 2.º-2.ª de Olot, 17800 de Girona. -Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido al ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante la autorización o conformidad. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el días siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de publicación del presente edicto en el Bolentín Oficial del Estado. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante abogado y procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado de Mercantil número 1 de Girona (Avenida Ramón Foch, número 4-6, de 17001-Girona) Girona, 16 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.